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Si tu producto lleva pila, estás vendiendo baterías: el Reglamento 2023/1542 explicado

TuSocioEnChina.com 30 de julio de 2026 2 min de lectura

Hay una idea que cuesta asimilar y que lo cambia todo: si vendes un auricular, un juguete o una lámpara con pila, a efectos legales no estás vendiendo solo ese producto, estás comercializando también una batería. Y las baterías tienen desde 2024 su propio reglamento europeo, con marcado CE propio, etiquetado propio y un calendario que aprieta en 2027.

Este artículo parte de una idea que a mucha gente le cuesta aceptar la primera vez que la oye: si vendes cualquier cosa que lleve una pila dentro, legalmente estás comercializando una batería. No un producto con batería: una batería. Y eso arrastra un expediente propio.

La batería tiene su propio marcado CE

Separado del producto que la contiene. Debe ir sobre la propia batería siempre que sea técnicamente posible, y solo cuando la superficie no lo permite puede trasladarse al embalaje y a la documentación. Con su declaración de conformidad detrás. Es el punto donde más importadores descubren que su proveedor tiene el expediente del producto pero no el de la celda que lleva dentro.

Quién puede autodeclarar y quién necesita organismo notificado

Las baterías portátiles y las pequeñas industriales por debajo de 2 kWh pueden acogerse al control interno de producción, que es la ruta más sencilla y la que cubre a casi toda la electrónica de consumo. Las de vehículos eléctricos, las de movilidad ligera y las industriales grandes necesitan organismo notificado. Si importas baterías para bicicleta eléctrica, estás en el segundo grupo y conviene saberlo antes de cerrar un pedido.

El 18 de febrero de 2027 y el diseño de tu producto

Desde esa fecha se aplican los requisitos de removibilidad y sustituibilidad de las baterías portátiles incorporadas en productos. Traducido: un aparato sellado o encolado que no permita cambiar la pila sin destrozarlo entra en conflicto con la norma. Y rediseñar un producto con una fábrica china no es cosa de un mes, así que esa conversación toca tenerla ahora. Va en la misma dirección que el derecho a reparar: productos que se puedan abrir y arreglar.

Un matiz útil: las baterías quedan fuera de RoHS

Es una duda muy común. Las pilas y acumuladores están expresamente excluidos del ámbito de la directiva de restricción de sustancias peligrosas y se rigen únicamente por su propio reglamento. Así que no busques el cumplimiento de la batería dentro del expediente RoHS del producto: son dos marcos distintos que conviven.

Y no olvides el registro como productor de pilas

Además de la conformidad del producto, en España hay que inscribirse como productor de pilas y acumuladores y financiar la recogida, igual que ocurre con el registro RAEE. Son dos registros distintos que la gente confunde constantemente, y ambos hay que resolverlos antes de que llegue el primer contenedor.

Fuente oficial: el texto íntegro es el Reglamento (UE) 2023/1542.

Preguntas frecuentes

¿Qué es el Reglamento de baterías y desde cuándo se aplica?

Es la norma que sustituyó a la antigua directiva y unificó las reglas en toda la Unión:

  • QUÉ ES: el Reglamento (UE) 2023/1542, de 12 de julio de 2023, relativo a las pilas y baterías y sus residuos, que deroga la Directiva 2006/66/CE y regula todo el ciclo de vida: diseño, sostenibilidad, seguridad, etiquetado, información y gestión de residuos
  • FECHAS: entró en vigor el 17 de agosto de 2023 y es aplicable desde el 18 de febrero de 2024, con obligaciones adicionales que se escalonan en fechas posteriores
  • POR QUÉ ES UN REGLAMENTO Y NO UNA DIRECTIVA: se aplica de forma directa e idéntica en todos los Estados miembros sin necesidad de trasposición nacional
  • LAS CATEGORÍAS QUE DEFINE: portátiles, de medios de transporte ligeros, industriales, de vehículos eléctricos y de arranque, encendido o alumbrado, cada una con reglas propias
  • A QUIÉN AFECTA REALMENTE: a cualquiera que introduzca en el mercado de la Unión una batería, incluida la que va integrada dentro de otro producto, lo que abarca teléfonos, portátiles, auriculares, juguetes, teclados, dispositivos domésticos y baterías externas
¿Qué exige en materia de marcado y evaluación de la conformidad?

La batería pasa a tener su propio expediente, separado del producto que la contiene:

  • MARCADO CE OBLIGATORIO PARA LA MAYORÍA DE BATERÍAS: visible, legible e indeleble, colocado directamente sobre la batería siempre que sea técnicamente posible; si es demasiado pequeña o su superficie no lo permite, puede ir en el embalaje y en la documentación adjunta
  • DECLARACIÓN UE DE CONFORMIDAD: debe existir y conservarse, con un plazo de conservación largo asociado a este tipo de documentación
  • LA RUTA DE EVALUACIÓN DEPENDE DE LA CATEGORÍA: las baterías portátiles y las pequeñas industriales por debajo de 2 kWh pueden acogerse a la autodeclaración mediante control interno de la producción, mientras que las de vehículos eléctricos, las de medios de transporte ligeros y las industriales grandes requieren la intervención de un organismo notificado
  • ETIQUETADO E INFORMACIÓN: características, capacidad, composición química, símbolo del contenedor tachado y demás información exigida
  • CÓDIGO QR: obligatorio, dando acceso a la información pertinente exigida por el reglamento según la categoría de batería
¿Qué cambia el 18 de febrero de 2027?

Es la fecha que más va a afectar al diseño del producto y conviene tenerla en el radar desde ya:

  • REMOVIBILIDAD Y SUSTITUIBILIDAD: el artículo 11 del reglamento establece requisitos para que las baterías portátiles y las de medios de transporte ligeros incorporadas en productos puedan retirarse y sustituirse, y esos requisitos se aplican a partir del 18 de febrero de 2027
  • QUÉ IMPLICA EN LA PRÁCTICA: los productos sellados, encolados o diseñados de forma que abrirlos implique destruirlos entran en conflicto directo con esa exigencia, y rediseñar un producto lleva mucho más de unos meses
  • EL PASAPORTE DE BATERÍA: obligatorio desde esa misma fecha para baterías de medios de transporte ligeros, de vehículos eléctricos e industriales de más de 2 kWh; la mayoría de la electrónica de consumo no está sujeta al pasaporte como tal, pero sí a los requisitos de código QR e información digital
  • LOS PRODUCTOS ESPECIALMENTE AFECTADOS: los estancos, los muy compactos y los que tienen requisitos de seguridad ligados al sellado son los que más trabajo de rediseño van a necesitar
  • LA LECTURA PARA EL IMPORTADOR: si tu producto lleva batería integrada, esta es una conversación que hay que tener con la fábrica en 2026, no en 2027
¿Qué debe pedir el importador a su proveedor chino?

Una lista concreta que conviene incorporar al pedido como requisito documental:

  • LA FICHA TÉCNICA DE CADA MODELO DE BATERÍA: no del producto, de la batería: química, capacidad, tensión y fabricante de las celdas
  • LA DECLARACIÓN UE DE CONFORMIDAD DE LA BATERÍA: que es distinta de la del producto y que muchos proveedores no tienen preparada porque nadie se la pide
  • EL ETIQUETADO CONFORME Y EL CÓDIGO QR: con la información que corresponda a la categoría, y verificando que el QR lleva realmente a algún sitio útil
  • LA CONFIRMACIÓN SOBRE REMOVIBILIDAD: preguntar expresamente cómo se sustituye la batería del producto y si el diseño lo permitirá cuando llegue 2027, porque esa respuesta condiciona si esa referencia tiene futuro en tu catálogo

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