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Intrastat: cuándo empieza a afectarte si importas de China y vendes en Europa

TuSocioEnChina.com 27 de julio de 2026 2 min de lectura

Intrastat es una de esas obligaciones que aparecen de golpe cuando el negocio crece, y que confunde precisamente a los importadores porque el nombre suena a aduanas. La clave está en entender que no tiene nada que ver con tu contenedor chino: tiene que ver con lo que haces con esa mercancía después, si acaba cruzando fronteras dentro de la Unión Europea.

Intrastat es una palabra que aparece en la vida de un importador justo cuando el negocio empieza a ir bien, y casi siempre genera la misma reacción de alarma: si ya declaro mis contenedores en aduana, ¿qué es esto que me piden ahora?

Tu contenedor chino no entra aquí

Esta es la idea que hay que fijar primero. La mercancía que llega de un país tercero se declara en la aduana con su DUA, y esa declaración ya recoge la información estadística. Intrastat existe precisamente para cubrir lo que la aduana no ve: el comercio dentro de la Unión, donde no hay declaración aduanera porque no hay frontera aduanera. Así que tus importaciones de China quedan fuera y siguen su cauce habitual de despacho de aduanas.

Te afecta por lo que haces después, no por lo que traes

El momento en que Intrastat entra en tu vida es cuando empiezas a vender a clientes de Portugal, Francia o Alemania y esa mercancía sale físicamente de España. Ahí se genera una expedición. El umbral está en 400.000 euros anuales y, muy importante, se calcula por separado para cada flujo: puedes estar obligado a declarar tus ventas a la Unión y exento en tus compras, que es exactamente lo que le pasa a la mayoría de importadores de China.

El error de descubrirlo en noviembre

La obligación nace el mismo mes en que alcanzas el umbral, y a partir de ahí hay que presentar todos los meses, incluso los que no tengas operaciones, con plazo hasta el día 12 del mes siguiente. Por eso el consejo más útil es tan simple como llevar el acumulado del año en una columna de tu hoja de ventas. Descubrir en el último trimestre que llevas medio año obligado es un problema perfectamente evitable.

Ojo con el stock en almacenes de otros países

Este detalle pilla a mucha gente que vende en marketplaces con logística europea. Si tu mercancía se traslada a un centro logístico de otro Estado miembro, ahí hay un movimiento físico de mercancía entre países, aunque no haya venta todavía. Si estás valorando ese modelo, merece la pena revisarlo junto con la operativa de Amazon FBA antes de activarlo, y no después.

Preguntas frecuentes

¿Qué es Intrastat y por qué no afecta a lo que traes de China?

La confusión es muy habitual y conviene deshacerla desde el principio:

  • QUÉ ES: es el sistema estadístico que recoge los movimientos físicos de mercancías entre España y otros Estados miembros de la Unión Europea o Irlanda del Norte; su finalidad es estadística, no recaudatoria
  • POR QUÉ TU IMPORTACIÓN CHINA NO ENTRA: la mercancía que llega de un país tercero se declara en aduana mediante el documento único administrativo, y esa declaración ya aporta la información estadística correspondiente; Intrastat cubre justo el hueco que la aduana no ve, que es el comercio interno de la Unión, donde no hay declaración aduanera
  • CUÁNDO EMPIEZA A AFECTARTE: en el momento en que vendes a clientes de otros países de la Unión y esas mercancías salen físicamente de España, o cuando compras a proveedores europeos y entran
  • LOS DOS FLUJOS: introducción para las entradas desde otros Estados miembros y expedición para las salidas hacia ellos
  • EL ÁMBITO TERRITORIAL: se refiere a movimientos desde el territorio peninsular y las Islas Baleares
¿Cuál es el umbral y cómo se calcula?

El umbral es lo que determina si estás obligado, y tiene una particularidad que sorprende:

  • EL IMPORTE: el umbral de exención está fijado actualmente en 400.000 euros anuales
  • SE CALCULA POR SEPARADO PARA CADA FLUJO: sumas por un lado tus introducciones y por otro tus expediciones; puedes estar obligado por uno y exento por el otro, y de hecho es lo más frecuente en importadores que venden a la UE pero compran fuera de ella
  • EL AÑO ANTERIOR O EL EN CURSO: si superaste el umbral en el año natural anterior, estás obligado todo el año siguiente; si no lo superaste pero lo alcanzas durante el año en curso, la obligación nace en ese mismo mes
  • UN EJEMPLO CLARO: una empresa que vende 450.000 euros a Portugal y compra 350.000 a Italia está obligada a declarar expediciones y exenta en introducciones
  • LA DECLARACIÓN SIN OPERACIONES: una vez obligado, hay que presentar todos los meses del periodo, incluso aquellos en los que no hayas hecho ninguna operación
¿Qué plazos hay y qué se declara exactamente?

La mecánica es mensual y bastante estricta:

  • EL PLAZO: hasta el día 12 del mes siguiente al mes natural al que se refieren las operaciones; si ese día cae en sábado, domingo o festivo, se traslada al siguiente día hábil
  • QUÉ SE DECLARA: los movimientos físicos de mercancías, con su clasificación, valor, peso, país de destino o procedencia y naturaleza de la transacción
  • QUÉ NO SE DECLARA: las prestaciones de servicios quedan fuera, igual que las mercancías en tránsito, determinadas operaciones temporales y los medios de pago
  • LA DIFERENCIA CON EL RESUMEN DE OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS: Intrastat es estadística de mercancías y se presenta ante la Agencia Tributaria por su cauce propio, mientras que la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias es una obligación fiscal distinta; son cosas separadas aunque muchas empresas las confundan
  • LA PRESENTACIÓN: es electrónica, con formularios específicos para declaración con operaciones y sin operaciones
¿Qué debe vigilar un importador que empieza a vender fuera de España?

Es el escenario típico de crecimiento y hay cuatro cosas que conviene tener controladas:

  • LLEVAR EL ACUMULADO DEL AÑO POR FLUJO: el error clásico es descubrir en noviembre que se superó el umbral en junio; basta con una columna en la hoja de ventas que sume lo expedido a otros Estados miembros
  • NO CONFUNDIR VENTA A EMPRESA CON VENTA A PARTICULAR: los regímenes de IVA y las obligaciones asociadas difieren, y conviene tener claro a quién estás vendiendo antes de que el volumen crezca
  • COORDINARLO CON TU ASESOR FISCAL: Intrastat encaja dentro de un conjunto de obligaciones que incluye el IVA intracomunitario y sus declaraciones; tratarlo como un trámite aislado suele acabar mal
  • LA MERCANCÍA QUE MUEVES ENTRE TUS PROPIOS ALMACENES: si tienes stock en un centro logístico de otro país de la Unión, ese movimiento también es un desplazamiento de mercancía y puede computar, algo especialmente relevante para quien usa logística de marketplace en varios países
  • GUARDAR EL SOPORTE DOCUMENTAL: albaranes y documentos de transporte que acrediten el movimiento físico, que es lo que Intrastat mide

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