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Verifactu y factura electrónica: las fechas reales para 2027 y qué hacer en 2026

TuSocioEnChina.com 29 de julio de 2026 2 min de lectura

Si has leído que Verifactu era obligatorio en 2026, esa información está desactualizada. El calendario se ha movido dos veces y las fechas vigentes son otras. Merece la pena tenerlas claras, porque 2026 es el año de transición y quien lo aproveche llegará tranquilo, mientras que quien lo deje para el último trimestre se encontrará con el mercado de soporte colapsado.

Este es uno de esos temas donde la mitad de lo que se lee está desactualizado, y con razón: el calendario se ha movido dos veces. Así que empiezo por lo importante, que son las fechas buenas.

1 de enero de 2027 para sociedades, 1 de julio de 2027 para autónomos

Esas son las fechas vigentes, fijadas por el Real Decreto-ley 15/2025 publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025. Si encuentras artículos que dicen que era obligatorio en 2026, están simplemente anticuados. Lo que no se aplazó fue la obligación de los desarrolladores de software, que debían tener sus sistemas adaptados desde julio de 2025: por eso hoy ya hay soluciones homologadas disponibles.

Qué cambia de verdad en tu factura

Cada factura genera un registro con una huella encadenada a la anterior, de modo que modificar una factura antigua rompe la cadena y se detecta. Y las facturas llevan un código QR que permite verificarlas. El objetivo declarado es acabar con el software que permitía alterar facturas ya emitidas. Lo bueno es que la adaptación la hace tu proveedor de software, no tú.

No lo confundas con la factura electrónica entre empresas

Son dos cosas distintas. Verifactu regula cómo se genera la factura; la factura electrónica B2B regula cómo se intercambia, en formato estructurado y a través de plataformas. Acabarán conviviendo, así que si vas a cambiar de sistema, elige uno que contemple las dos y no tengas que hacer el trabajo dos veces.

El consejo práctico: no lo dejes para el final

2026 es periodo de transición y se puede probar de forma voluntaria sin riesgo sancionador. Quien migre en la segunda mitad de este año lo hará con calma; quien espere al primer semestre de 2027 se encontrará a todas las asesorías y proveedores desbordados. Y si vas a tocar el sistema, aprovecha para ordenar de paso la trazabilidad entre facturas, pedidos y tu archivo documental de importaciones, que es un trabajo que se hace mucho mejor de una vez.

Preguntas frecuentes

¿Cuáles son las fechas vigentes de Verifactu?

El calendario ha cambiado varias veces y conviene fijarse solo en el actual:

  • LA NORMA QUE FIJA EL CALENDARIO VIGENTE: el Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, publicado en el BOE el 3 de diciembre de 2025, que aplazó por segunda vez la entrada en vigor
  • SOCIEDADES: obligatorio a partir del 1 de enero de 2027 para los contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades: sociedades limitadas, anónimas, cooperativas y entidades con actividad económica
  • AUTÓNOMOS Y PROFESIONALES: obligatorio a partir del 1 de julio de 2027
  • LOS DESARROLLADORES DE SOFTWARE NO SE APLAZARON: los productores y comercializadores de programas de facturación siguen obligados a ofrecer sistemas adaptados desde el 29 de julio de 2025, lo que significa que las soluciones homologadas ya están disponibles en el mercado
  • LO QUE NO CAMBIÓ: el aplazamiento movió los plazos pero no derogó la obligación; el marco antifraude y el reglamento que regula los requisitos siguen plenamente vigentes
¿Qué es exactamente Verifactu y qué exige al software?

Es un cambio en cómo se generan las facturas, no solo en cómo se envían:

  • EL OBJETIVO: garantizar la integridad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros de facturación, cerrando el paso al llamado software de doble uso que permitía modificar facturas ya emitidas
  • LOS REQUISITOS TÉCNICOS: cada factura genera un registro con una huella o hash encadenado al registro anterior, de modo que alterar una factura pasada rompe la cadena y es detectable
  • EL CÓDIGO QR: las facturas deben incorporar un código QR que permite su verificación
  • LAS DOS MODALIDADES: el sistema admite la remisión de los registros a la Agencia Tributaria en tiempo real, que es la modalidad propiamente Verifactu, o la conservación de los registros con las garantías exigidas sin remisión automática
  • LO QUE IMPLICA PARA TI: en la práctica, comprobar con tu proveedor de software que tu programa está adaptado, porque la adaptación la hace él, no tú
¿En qué se diferencia de la factura electrónica obligatoria entre empresas?

Son dos obligaciones distintas que mucha gente confunde y que conviene separar:

  • VERIFACTU REGULA CÓMO SE GENERA LA FACTURA: afecta al comportamiento del programa de facturación: huella encadenada, registro inalterable, código QR y, opcionalmente, remisión a la Agencia Tributaria; su fuente es el reglamento de requisitos de los sistemas informáticos de facturación y su orden de desarrollo
  • B REGULA CÓMO SE INTERCAMBIA: obliga a que las facturas entre empresas y profesionales se intercambien en formato estructurado a través de plataformas, con la finalidad de reducir la morosidad y facilitar el control; su origen es la ley de creación y crecimiento de empresas
  • EL ESTADO DE CADA UNA: Verifactu tiene calendario fijado para 2027; el desarrollo reglamentario de la factura electrónica B2B ha ido más lento
  • LO QUE ACABARÁ PASANDO: que una misma factura tendrá que cumplir las dos cosas: generada por software conforme y entregada en formato estructurado al cliente empresa
  • LA RECOMENDACIÓN: elegir una solución que contemple ambas cosas y no resolver solo una
¿Qué debería hacer un importador durante 2026?

Aprovechar el año de transición con un orden sencillo:

  • CONFIRMAR TU FECHA: 1 de enero de 2027 si eres sociedad, 1 de julio de 2027 si eres autónomo; parece obvio y mucha gente no lo tiene claro
  • PREGUNTAR A TU PROVEEDOR DE SOFTWARE: si tu programa de facturación está adaptado y en qué versión; si trabajas con un ERP o un software antiguo sin mantenimiento, esa conversación conviene tenerla ya porque puede implicar migrar
  • MIGRAR CON MARGEN: la recomendación que repiten asesorías y proveedores es no apurar: hacerlo al menos unos meses antes de la fecha propia, porque el soporte se saturará cuando todos lo dejen para el final
  • COMO PERIODO DE PRUEBAS: se puede empezar a operar de forma voluntaria y familiarizarse con el encadenamiento de registros y el QR sin presión sancionadora
  • REVISARLO JUNTO AL RESTO DE TU ADMINISTRACIÓN: si vas a tocar el sistema de facturación, es el momento de ordenar también la trazabilidad entre facturas, pedidos y documentación de importación

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